Thursday, February 12, 2009

Declaran «culpable» a Ejército de Ocupación de Israel por Crímenes de Guerra


Presidente y Fiscal Internacional del Tribunal Internacional

El Tribunal Internacional sobre la Infancia afectada por la Guerra y la Pobreza de la Mision Diplomatica Internacional Humanitaria RWANDA 1994, a través de su Presidente Internacional, Sergio Tapia y Fiscal Internacional de Derechos Humanos del Tribunal Internacional de Conciencia, comunica a la comunidad internacional la Primera Sentencia Internacional contra los Crímenes de Lesa y el Genocidio sobre la Infancia Palestina de la Franja de Gaza, convertida en el mayor campo de concentración del mundo donde hoy es el lugar más densamente poblado del planeta: tiene apenas 360 km2 donde viven 1.500.000 personas de las cuales el 50% son menores de edad y 80% están por debajo del nivel de pobreza, este Tribunal Internacional de Conciencia, compuesto por 14 Fiscales Internacionales de Derechos Humanos, de 11 paises, 9 de América Latina, 1 de Africa y 1 de Asia denuncia los crímenes aberrantes y el avance sistemático del infanticidio contra los niños y niñas de la Franja de Gaza, por parte del ejercito israelí, donde ha violado todas las Convenciones Humanitarias de Ginebra, todos las declaraciones Internacionales de Derechos Humanos, y ha puesto como método de guerra el ataque sobre la población civil.

La Sentencia Internacional esta integrada la presentacion de las pruebas de los ataques sobre la poblacion infantil palestina y la violacion a las leyes internacionales y al estatuto de Roma, con testimonios de niños, madres, recopilados desde la Franja de Gaza, acompañado de las firmas y peticiones de miles y miles de personas de America Latina, España y Europa, Africa y Asia.

El Tribunal Internacional sobre la Infancia, afectada por la Guerra y la Pobreza, señala que la infancia Palestina en la Franja de Gaza ha vivido bajo el Genocidio de las bombas, de las metralletas, y de la utilización como escudos humanos de los niños por parte del ejercito israelí, «donde hay 700.000 niños y niñas en Gaza que fueron sometidos a masacres, asesinatos, a crímenes contra la humanidad, al genocidio, al bloqueo humanitario, secuestro y a la destrucción de de sus escuelas, de sus hogares, de sus familias, de sus casas» con un saldo de 6.600 los muertos y heridos en Gaza durante los 22 días que ha durado la operación militar israelí contra el movimiento radical islámico Hamás en ese territorio palestino.

Con 1.340 muertos de los que 460 son niños y 106 mujeres, según datos que el ministerio palestino de Sanidad ha de la Franja de Gaza.Los heridos, ascienden a 5.320, entre los que hay 1.855 niños y 795 mujeres, además de que otros 55.000 palestinos han tenido que desplazarse de sus hogares por el conflicto.suficientes pruebas de la perpetración de las peores atrocidades que ha vivido la infancia Palestina en la Franja de Gaza, un campo de concentración, un campo de matanzas, donde suman mas de 280 niños muertos y más de mil niños heridos, cifra que aumenta dia a dia, un nuevo Genocidio como el de Bosnia, el de Rwanda, el de Chechenia podriamos decir que Gaza es la nueva Rwanda de Medio Oriente.

Los actos llevados a cabo por las Fuerzas Armadas israelíes constituyen también una violación evidente del artículo 6 del Estatuto de la Corte Penal Internacional ("crimen de genocidio") y del artículo 2 de la Convención de 1948 para la prevención y prohibición del genocidio.

En verdad, las consideraciones que llevan a declarar al Ejército de Ocupacion Israeli culpable, no sólo de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad, de crimen de genocidio, son las siguientes: la codificación de tal delito en el Estatuto de la Corte Penal Internacional, tomado directamente de la Convención de Ginebra de 1948 y por lo tanto del Tribunal de Nuremberg, permite la atribución a muchos, si no a todos los conflictos de nuestra época, caracterizados un nivel tecnológico de las armas de guerra tan alto, que terminan por golpear siempre más a las poblaciones civiles que a las Fuerzas Armadas.

En efecto, el artículo 6 del citado Estatuto enumera una serie de actos típicos de la actividad de guerra, hechos tales como "matar a los miembros de un grupo" o "causar graves lesiones a la integridad física o psíquica de personas .

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